12 años de prisión para Félix Alburquerque por matar a Manuel Duncan
Félix Alburquerque Comprés
20/07/2023
Justamente a once meses de la muerte de Manuel Duncan, las juezas del Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, sentenciaron este miércoles a 12 años de prisión al retirado vicealmirante Félix Alburquerque Comprés, por dar muerte al comunicador.
El exdirector de la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD) deberá cumplir condena en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) Najayo-Hombres.
El Ministerio Público solicitó que Alburquerque Comprés fuera condenado a 20 años de cárcel.
Al momento de leer la sentencia, el tribunal informó que las tres juezas no pudieron ponerse de acuerdo en la pena que le sería impuesta, por lo que se abocaron al artículo 353 del Código Procesal Penal que indica que de no producirse un fallo por mayoría, se aplique el término medio, en donde se suman las tres propuestas de pena y el total se divide a su vez entre tres, que arroja una media que será la pena que se impondrá.
Tras la decisión, el Ministerio Público no brindó alguna declaración al respecto y se retiró del lugar.
Por su parte, la familia de Manuel Duncan mostró su descontento ante la decisión, asegurando que no fue una condena justa.
En sus declaraciones finales, el imputado pidió perdon a Dios y a la familia del comunicador.
“Yo quisiera pedirle a Dios primeramente que me perdone, el todo lo puede. Pedirle a los familiares de él también, que lamento mucho, que perdonen ese incidente”.
INCIDENTE
Manuel Duncan, murió a sus 45 años, el pasado 19 de agosto de 2022, al momento que Alburquerque Comprés le propinara dos disparos, luego de estos haber tenido un enfrentamiento alrededor de las 2:00 de la mañana.
El suceso inició cuando el vicealmirante Comprés llegó al establecimiento de comida rápida Rico Hot Dog, según narró el Ministerio Público, se desmontó de su vehículo riéndose.
En ese momento Duncan estaba siendo atendido por el personal del lugar, minutos más tarde Duncan inició una discusión porque pensaba que Felix se estaba “riendo de él”.
El altercado se acaloró, ya que Duncan procedió a golpear en la cara al retirado vicealmirante y conllevó a una pelea en la que ambos se agredieron.
Ante la situación un seguridad de la plaza y una persona que acompañaba a la víctima intervinieron.
El seguridad disparó al aire para tratar de despejar la situación, luego, Alburquerque se dirigió a su vehículo a buscar un arma de fuego, a lo que las personas le recomendaron a Duncan correr, haciendo este caso a la sugerencia.
Por su parte, Compres salió realizando múltiples disparos en contra de Duncan y a su amigo, Manuel Cornielle Ureña pero estos ya no estaban, por lo que se montó en su vehículo y condujo hasta ubicar al occiso.
Ante la situación, Manuel intentó esconderse detrás de una banca de lotería próxima al establecimiento donde se encontraban inicialmente.
Tras ser encontrado por el general, Duncan intentó defenderse, sin embargo, Felix procedió a dispararle en el pecho, y tendido en el suelo, le disparó una segunda vez en una pierna.
Según los detalles de la magistrada, Alburquerque se retiró del lugar dejando a la víctima sin vida.
Luego de perpetrar los hechos el acusado Félix Alburquerque Comprés se deshizo del arma con la cual mató a la víctima, desapareciendo la misma.
Tras los levantamientos de las autoridades se examinaron los nueve casquillos de bala recuperados de la escena del crimen, concluyendo en que los mismos fueron disparados con una pistola calibre 357, presumiblemente marca “Glock”.
Manuel Ducan falleció a causa de herida por proyectil de arma de fuego en hemitórax derecho y salida en región dorsal, conforme al acta de levantamiento de cadáver No. 65|97, realizada por el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif).
Luego de que se publicara el vídeo de la escena del crimen, el Ministerio Público se comunicó con el abogado del imputado, quien manifestó que el mismo estaba en la disposición de entregarse, por lo que el general retirado Félix Alburqueque Comprés, en compañía de su defensa, se presentó al edificio que aloja la Procuraduría General de la República, ubicado en el Centro de los Héroes, sector La Feria, Distrito Nacional, lugar donde fue arrestado en virtud de la orden judicial de arresto No. 0032-AGOSTO-2022, emitida por la Oficina Judicial de Servicios de Atención Remanente del Distrito Nacional.
El 21 de agosto de 2022, Ministerio Público solicitó la imposición de prisión preventiva contra el vicealmirante retirado, alegando que “se deshizo del arma homicida utilizada para matar a Taveras Duncan, y en una acción criminal procedió a desaparecer dicha arma, ilegal, ya que la misma no le fue asignada por su institución castrense”.
Al día siguiente, el juez Juan Francisco Consoró, del juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional, se inhibió del conocimiento de la solicitud de medida de coerción en contra Alburquerque Comprés
En ese entonces, el magistrado basó su argumento de abstenerse en el conocimiento de la solicitud de prisión preventiva en contra del expresidente de la DNCD, por el hecho de haber hecho un comentario sobre el caso.
Por lo que aplazó para el 31 de agosto el conocimiento de la medida de coerción a fin de dar oportunidad de que la Corte de Apelación del Distrito Nacional se pronuncie si lo confirma o por el contrario designa uno en su lugar.
Tras salir del tribunal, el imputado no dio declaración alguna al respecto.
Posteriormente, la Segunda Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional rechazó la inhibición del juez Juan Francisco Rodríguez Consoró, quien se resistía conocer la solicitud de medida de coerción en contra Comprés.
En ese sentido, el tribunal de alzada remitió al juez del juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional el expediente para que conozca la solicitud de prisión preventiva en contra del expresidente de la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD).
Al llegar la fecha pautada, el magistrado Rodríguez Consoró dictó un año de prisión preventiva contra Alburquerque, el cual debería cumplir en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) Najayo-Hombres.
“Usted irá a la cárcel de Najayo, por un periodo de un año”, dijo el juez Juan Francisco Rodríguez Consoró, tras concluir el conocimiento de una solicitud de prisión preventiva.
El juez acogió el pedimento presentado en ese sentido por las fiscales Rosalba Ramos, Magaly Sánchez y María Silvestre.
Tres meses después, el 26 de diciembre de 2022, el órgano persecutor presentó acusación formal en contra del retirado vicealmirante, la cual fue depositada ante la jueza coordinadora de los juzgados de instrucción del Distrito Nacional, Kenya Romero, quien apoderó el caso al Segundo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional.
Las fiscales solicitaron al tribunal dictar auto de apertura a juicio en contra del imputado y que se disponga su mantenimiento en prisión.
Por su parte la jueza Patricia Padilla, del Segundo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, fijó para el 15 de febrero de 2023, el conocimiento de solicitud de apertura a juicio.
Posteriormente, la tarde del 15 de febrero, la magistrada Padilla aplazó este miércoles la audiencia de conocimiento de la solicitud de juicio preliminar en contra del vicealmirante.
La audiencia fue pospuesta para el 22 de marzo, y según la jueza, fue a fin de dar oportunidad a que los abogados de los familiares de la víctima notifiquen al abogado del imputado la constitución en actor civil.
Sin embargo, fue aplazada por segunda ocasión el conocimiento del juicio preliminar, estableciendo como nueva fecha el martes 4 de abril a las 9:00 de la mañana, debido a que uno de los querellantes, constituido en actor civil, presentó una licencia médica.
Ante esto, el Ministerio Público presentó formal acusación y solicitó la apertura a juicio contra Alburquerque, asegurando que contaban con pruebas suficientes para lograr una condena.
La conducta del oficial retirado fue calificada como homicidio voluntario y porte ilegal de arma de fuego, delitos que están tipificados por los artículos 295, 296, 297 y 302 del Código Penal y los artículos 66 y 67 de la Ley 631-16 para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados en República Dominicana.
En dicha ocasión Padilla se reservó el fallo para el 8 de mayo.
Un mes después, la magistrada Patricia Padilla, acogió el pedimento del Ministerio Público y dispuso el envío a juicio de fondo contra Alburquerque Comprés.
Tras dar apertura de juicio de fondo, el caso dio un giro cuando el video que mostraba el recorrido hecho por el vicealmirante Félix al momento de ultimar al comunicador Manuel Duncan, no estaba entre los elementos acogidos por el tribunal para dictar apertura a juicio.
En resolución No: 058-2023-SPRE-00103, la jueza Patricia Padilla que envió a juicio de fondo a Alburquerque Comprés, solo acoge como audiovisual una fotografía realizada al Félix Alburquerque Comprés.
La jueza consideró para excluir el video, que su obtención no se realizó “por un medio lícito ni con observancia de las formas y condiciones exigidas por las disposiciones procesales que rigen la materia”, citando los artículos 166 sobre la legalidad de las pruebas y el 167 sobre la exclusión probatoria.
La tarde del 6 de junio, el Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, fijó para el 20 de ese mes el conocimiento del juicio de fondo contra Comprés.
La magistrada Arlin Ventura, mediante auto, fijó la audiencia para ese día a las 9:00 de la mañana.
Asimismo, el tribunal admitió para discutir en el juicio de fondo el video en el que se muestra el momento en que Félix dio muerte al comunicador Manuel Duncan.
Ventura Jiménez, mediante resolución núm. 249-05-2023-SADM-00021, admitió para hacer valer en juicio como prueba audiovisual o digital del Ministerio Público, un disco versátil digital (DVD-R), marca Leader, de color plateado de 4.7 GB como prueba 29 de la acusación en contra del imputado.
El tribunal señaló que el Ministerio Público pretendía probar con esta prueba que este es el mismo que contiene las imágenes captadas por las cámaras de seguridad del lugar donde resultó muerto Duncan, como consecuencia del crimen cometido por Alburquerque así como las circunstancias en las que ocurrieron los hechos.
Por su parte, la defensa del exvicealmirante solicitó, al Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, excluir como elemento de pruebas el audiovisual en el que se observa al imputado disparar al comunicador Manuel Taveras.
José Rafael Ariza e Ingrid Hidalgo, plantearon al tribunal, presidido por la magistrada Ventura, que el testigo aportado por la fiscalía del Distrito Nacional, para sustentar la acusación, alega que no contó con autorización judicial para recabar esa prueba.
Ese pedimento, fue rechazado por tribunal, luego de ver varios de los 11 cortes del audiovisual y escuchar los argumentos de la defensa técnica del encartado y del Ministerio Público.
Las juezas explicaron que en atención al artículo 172 de la normativa procesal penal están en pleno ejercicio de recibir todas las pruebas presentadas y al momento de la valoración, considerar que tan válidas o no son.
De igual forma, rechazaron el pedimento del Ministerio Publico de realizar un cambio de la calificación jurídica de homicidio a asesinato, puesto “es una atribución que solo le es otorgado por el legislador al tribunal”.
“No puede hacerlo el Ministerio Público porque tiene una condicionante y es que para un cambio de calificación jurídica, tiene que darse la condición de unos hechos nuevos”, manifestó la jueza Ventura.
Durante la audiencia del 13 julio, el Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional rechazó el pedimento del Ministerio Público de excluir como elemento de prueba el testimonio de dos peritos, aportados como testigos de parte de la defensa del exvicealmirante Félix.
La jueza explicó que procedía rechazar la impugnación del Ministerio Público debido a que en el caso de la perito, Ana Villomar, quien le brindó servicios al imputado mientras se encontraba recluido en diciembre pasado, Alburquerque estaba fuera de su dominio y la autoridad estaba en el deber de brindarle atenciones.
El 17 de julio finalizó la presentación de pruebas y testificaciones como elementos de prueba en el conocimiento del juicio de fondo, faltando solo las conclusiones finales de las partes litigantes y el derecho a réplica, tanto de los familiares de la víctima como del victimario, así como la decisión final del tribunal.
Por lo que la tarde del miércoles, el Ministerio Público solicitó al Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional que condenara a 20 años de prisión a Alburquerque Comprés.
Sin embargo, el Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional condenó a 12 años de prisión a Félix Alburquerque Comprés, encontrado culpable de homicidio voluntario en contra del comunicador Manuel Duncan.
(LD)