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Arancel impuesto por Trump golpeará dispositivos médicos, tabaco y textiles de zonas francas

El arancel impuesto es una medida de política comercial que busca presionar a los países para que adopten legislaciones que impida importar mercancías producidas mediante trabajo forzoso.

Dato. Estados Unidos es el principal destino del comercio exterior dominicano, con un 49.6% de las exportaciones totales, y de estas, el 88.7% se originan en los parques de zonas francas.

Sábado 25 de julio del 2026

El anuncio de la Administración del presidente de los Estados Unidos, Donald Trump, de imponer un 12.5% de arancel a las exportaciones dominicanas hacia ese país, ha creado incertidumbres en el Gobierno y el sector empresarial exportador, quienes han reaccionado con cautela apelando al diálogo y la estrategia ante su principal socio comercial.

Según un análisis del impacto comercial del arancel adicional del 12.5%, realizado por la firma consultora Naut & Associates, señala que los principales productos afectados serían: los instrumentos y aparatos médicos, cigarros, disyuntores, joyería, t-shirts y camisetas, aparatos de electrodiagnóstico, preparaciones farmaceúticas, artículos plásticos, y cacao en grano.

La investigación expone que el sector más vulnerable, estructuralmente, es el de confecciones de zona franca, pues además de quedar en la categoría del 12.5%, frente al 10% de competidores como Guatemala, El Salvador y Honduras, esto representa una desventaja compuesta (de tasa base) frente a Centroamérica.

En el caso de los dispositivos médicos, se expone que, pese a ser el más expuesto en términos de valor, éste opera mayoritariamente bajo esquemas de manufactura por contrato (contract manufacturing) para multinacionales con múltiples plantas globales, lo que en principio facilitará el traslado del costo dentro de la cadena de suministro corporativa, pero también eleva el riesgo de mediano plazo de relocalización de nuevas líneas de producción hacia jurisdicciones con arancel de 10%, como México, si la brecha persiste.

Sobre el sector tabacalero señala que, aunque enfrenta un consumidor final relativamente inelástico en el segmento premium, ya ha estado absorbiendo incrementos arancelarios sucesivos desde 2025, y este nuevo incremento dice viene a erosionar los márgenes de fabricantes dominicanos e importadores/distribuidores estadounidenses, ante un competidor como Honduras, que sí calificó para una tasa preferencial del 10%.

Riesgos de segundo orden

El análisis, sustentado por la experta en comercio internacional y presidenta de Naut & Associates Consulting Group, Katrina Naut, refiere como riesgos derivados de esta imposición, la desviación de inversión extranjera directa hacia zonas francas de países con arancel de 10% o inferior; la presión sobre el empleo formal en zonas francas, particularmente en los subsectores de dispositivos médicos y confecciones, que son los que concentran la mayor parte del empleo directo del régimen de zonas francas; y la exposición reputacional y de cumplimiento, al quedar junto a 53 economías como una jurisdicción que “no impone ni aplica efectivamente” una prohibición sobre bienes de trabajo forzado.

En este último punto agrega que el país podría enfrentar, a futuro, mayor escrutinio de debida diligencia por parte de compradores estadounidenses y

mayor exposición a órdenes de retención de la Aduana de Estados Unidos (CBP), más allá del efecto puramente arancelario.

Ventaja competitiva

“El diferencial arancelario de 2.5 puntos porcentuales frente a competidores directos de Centroamérica (Guatemala, El Salvador, Honduras) y de otros orígenes relevantes (México, Bangladesh, Camboya, India, Indonesia, Jordania), sumado a la ausencia de un mecanismo de exención sectorial bajo el DR-CAFTA, del cual Guatemala y El Salvador sí se benefician expresamente, configura una desventaja competitiva estructural para el país en los sectores de manufactura ligera y ensamblaje que sostienen el empleo formal de sus zonas francas”, sostiene el análisis.

Destaca como un hallazgo central de la revisión del documento oficial emitido por Estados Unidos, que la República Dominicana no cuenta con un anexo de exenciones específico por país, a diferencia de otras doce economías o bloques que sí lo obtuvieron tras el proceso de comentarios y audiencias públicas, como son Reino UNido, Unión Europea, Suiza, Malasia, Camboya, Guatemala, El Salvador, Argentina, Bangladesh, Taiwán, Indonesia, Ecuador y Jordania.

Apunta que la ausencia de un anexo propio significa que, mientras países como Guatemala o El Salvador lograron excluir productos puntuales de su interés nacional, además de beneficiarse ya de la tasa preferencial del 10%, República Dominicana no obtuvo, en esta ronda, ninguna concesión de producto adaptada a su canasta exportadora.

“Este es un punto de atención estratégica: sugiere que, a diferencia de Ecuador, Argentina, El Salvador o Guatemala (cuyas determinaciones citan expresamente compromisos en un ART), la República Dominicana no habría presentado, o no habría obtenido reconocimiento de, una propuesta de compromiso bilateral equivalente antes del cierre del proceso el 23 de julio de 2026”, expone la firma consultora.

Impacto económico

El análisis refiere que este arancel adicional del 12.5% tendrá un impaco considerable en la economía nacional, pus elevará el costo de aterrizaje de los productos dominicanos en el mercado estadounidense.

Explica que esto se traduce, según la capacidad de cada exportador de trasladar el costo, en una combinación de: encarecimiento al consumidor final estadounidense, con eventual pérdida de cuota de mercado frente a orígenes con menor

arancel; compresión de márgenes de las empresas exportadoras y de sus contrapartes en Estados Unidos; o una combinación de ambos efectos, distribuida de forma desigual según el poder de negociación y la elasticidad-precio de cada sector.

contexto de la medida

El Gobierno de Estados Unidos impuso un arancel adicional del 12.5% sobre la totalidad de los bienes originarios de la República Dominicana, con vigencia inmediata a partir del 24 de julio de 2026. La medida es resultado de 60 investigaciones abiertas bajo la Sección 301 de la Ley de Comercio de 1974, que determinó que 54 economías no han impuesto ni aplicado de forma efectiva una prohibición a la importación de bienes producidos con trabajo forzado.

Empresarios reaccionan con cautela

El sector empresarial e industrial, liderados por el Consejo Nacional de la Empresa Privada (Conep) y la Asociación de Industria (AIRD) se mostraron reflexivos respecto a la medida anunciada, indicando que es necesario evaluar su alcance, determinar con certeza sus implicaciones y definir una estrategia nacional que fortalezca la competitividad del país y la confianza de sus principales socios comerciales.

En tanto, la Asociación Dominicana de Exportadores (Adoexpo) consideró que esto representa un nuevo desafío para el comercio internacional y llamó a abordarlo con serenidad, una estrategia definida y una coordinación permanente entre los sectores público y privado.

Preocupación

La Asociación Dominicana de Zonas Francas (Adozona) expresó su preocupación al considerar que este tipo de disposiciones introduce incertidumbre en el comercio internacional y puede afectar la competitividad de economías profundamente integradas a las cadenas regionales de suministro.

Dice el gremio que resulta indispensable evaluar con precisión su alcance, las excepciones aplicables y sus implicaciones para un sector que ha demostrado ser un aliado estratégico de los Estados Unidos.

(LD)

Gustavo Morillo Montero

Programa y Portal Digital Con mi Pueblo, Políticas y algo más.

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